Educación financiera · 7 min · 25 de septiembre de 2026
Aguinaldo 2026: cómo calcularlo y qué hacer con él
Cuánto te toca de aguinaldo según la ley, cómo calcularlo paso a paso y un plan simple para repartirlo entre deudas, ahorro e inversión.
Educación financiera
Tu aguinaldo, bien usado
El aguinaldo es una prestación obligatoria para trabajadores asalariados en México. La Ley Federal del Trabajo establece al menos 15 días de salario y debe pagarse a más tardar el 20 de diciembre.
Cómo calcularlo
Divide tu salario mensual entre 30 para obtener tu salario diario. Multiplícalo por 15 (o los días que marque tu contrato). Si no trabajaste el año completo, calcula la parte proporcional: días de aguinaldo ÷ 365 × días trabajados × salario diario.
Ejemplo rápido
Con un sueldo de $15,000 al mes, el salario diario es $500. Con 15 días, el aguinaldo bruto es $7,500. Una parte está exenta de ISR hasta un tope ligado a la UMA; el excedente paga impuesto, así que lo que recibes puede ser algo menor.
Primero: deudas caras
Si tienes saldo en tarjetas de crédito, pagarlo es el rendimiento más seguro que existe: cada peso que abonas deja de generar intereses altos. Prioriza la deuda con mayor tasa.
Después: fondo de emergencia
Si no tienes al menos tres meses de gastos guardados, destina una parte a un instrumento líquido y seguro, como Cetes o una cuenta con buen rendimiento y protección al ahorro.
Luego: inversión de largo plazo
Con deudas controladas y colchón listo, aprovecha para invertir: una aportación voluntaria a tu Afore también puede ser deducible dentro de los límites de ley. El interés compuesto premia empezar temprano.
Un reparto sencillo
Si no sabes por dónde empezar: 50% a deudas o fondo de emergencia, 30% a inversión y 20% para disfrutar sin culpa. Ajusta los porcentajes a tu situación, pero decide el plan antes de que llegue el depósito.
Preguntas frecuentes
Respuestas claras
- ¿Cuándo se paga el aguinaldo?
- A más tardar el 20 de diciembre, según la Ley Federal del Trabajo.
- ¿Me toca aguinaldo si entré a mitad de año?
- Sí, la parte proporcional a los días trabajados.
- ¿El aguinaldo paga impuestos?
- Una parte está exenta hasta un tope equivalente a 30 UMA; el excedente paga ISR.